Art. 1. Con la denominación de NURAIN , se constituye en Las Palmas de G.C una Asociación Socio-Cultural de acuerdo con lo establecido en el Artículo 22 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de Marzo, y sin interés lucrativo alguno.
Art. 2. Los fines de esta Asociación serán:
· Ser una institución al servicio de la sociedad inspirada en los principios de igualdad, libertad, justicia y pluralismo.
· Ser un medio legal para la comunicación e intercambio de ideas y opiniones entre los miembros que la componen que afecten a sus intereses y los intereses de la sociedad.
· Difundir la cultura del pluralismo cultural y la convivencia y la tolerancia.
· Ser una herramienta de integración y convivencia entre las diferentes culturas en nuestra sociedad, promoviendo el desarrollo de un proceso de integración de los ciudadanos musulmanes que aún no se han integrado en nuestra sociedad.
· Defender los derechos civiles legítimos de los ciudadanos musulmanes como minoría en los diferentes campos sociales y culturales.
· Promover la enseñanza y la difusión del conocimiento como instrumento vital para el objetivo de la tolerancia y la convivencia armónica.
· Desarrollar actividades solidarias y de acción social dirigida a los desfavorecidos y necesitados. Mediante proyectos de caridad y de cooperación y desarrollo.
· Desarrollar actividades medioambientales para la protección ecológica del medio, mediante campañas de sensibilización, información y educación.